Las Elecciones de la Junta Directiva se realizarán cada dos (2) años, pudiendo ser reelectos por periodos similares.
En un plazo no menor de cuarenta (40) días antes de finalizar cada período reglamentario de la Junta Directiva, se elegirá una Comisión Electoral integrada por tres (3) miembros activos. Los miembros de la Junta Directiva y del Concejo Disciplinario, no podrán formar parte de esta comisión. Los miembros que resultaren electos para integrar la comisión, tomarán posesión de sus cargos en la misma asamblea y procederán a designar un Presidente de su seno. La Comisión Electoral actuará con autonomía en todo lo relacionado con el proceso electoral, pero siguiendo el procedimiento pautado en el reglamento que para tal fin se elabore.
Las Elecciones de la Junta Directiva serán siempre uninominales, por votación directa, universal y secreta, en Asamblea General de Asociados.
Las Elecciones del Concejo Disciplinario se realizarán cada un (1) año, de acuerdo a la decisión de la Asamblea, uninominales, por votación directa, universal y secreta, pudiendo ser reelecto por un (1) sólo período.
El Reglamento que con tal objeto se dictare, establecerá todo lo relativo al proceso electoral, postulaciones, votaciones y proclamación de los candidatos electos.






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