Junta Directiva-Organización

La Junta Directiva del COLEGIO, estará integrada de la manera siguiente, Ocho (8) Miembros:
 
Un (a) (1) Presidente (a), 
Un (a) (1) Secretario (a) Ejecutivo (a),
Un (a) (1) Director (a) de Asuntos Profesionales,

Un (a) (1) Director (a) de Finanzas y Contraloría,
Un (a) (1) Director (a) de Gestión de la Comunicación,
Un (a) (1) Director (a) de Gestión de Eventos, 

Un (a) (1) Director (a) de Asuntos Legales, 
Un (a) (1) Director (a) de Gestión Interna. 


En caso de ausencia temporal del (de la) Presidente (a), éste (a) será suplido (a) por el (la) Secretario (a) Ejecutivo (a), y sí ninguno de estos (as)  concurriere  el  Director  (a) de Gestión Interna fungirá en su lugar.

Cada uno de los (las) Directores (as) Principales podrán ser suplidos (as) por un miembro activo de las comisiones de trabajo respectiva a cada dirección, delegado por los (las) directores (as) principales.

Para ser Miembro de la Junta Directiva se requiere ser Miembro Activo del COLEGIO de profesionales, estar solvente en sus obligaciones para con el  mismo,  no  estar  purgando  penas  disciplinarias  impuestas por éste, no estar inhabilitado o condenado civilmente y no estar condenado por delitos dolosos.

Los miembros de la Junta Directiva durarán dos (2) años en sus funciones y podrán postularse al mismo u otro cargo, por lapsos iguales. Las planchas electorales no serán permitidas por lo que cada cargo será de elección uninominal.

Son atribuciones de la Junta Directiva:
  • Cumplir y velar por  el fiel cumplimiento de lo contemplado en estos estatutos, así como lo dispuesto en los demás instrumentos válidos que sean dictados,
  • Reunirse por lo menos una vez al mes, previa convocatoria del (de la) Presidente (a). Para la validez de las reuniones, se requiere que esté el sesenta por ciento (60%) de sus integrantes. Para la validez de sus decisiones se requiere la mayoría simple de los asistentes a la reunión.  De cada reunión se levantará un Acta, que se asentará en el Libro de Actas de la Junta Directiva,
  • Promover y nombrar las Comisiones de Trabajo necesarias para la elaboración de los Reglamentos Internos de estos estatutos y para otras actividades que así lo requieran, incluidos los relacionados a la Asamblea General de Asociados, el Consejo Disciplinario y la Comisión Electoral,
  • Convocar las asambleas ordinarias y extraordinarias,
  • Presentar anualmente a la Asamblea General de Asociados un Informe de Gestión, en forma física y digital, completa y discriminada, de las actividades ejecutadas durante el año que finaliza y un programa de las que van a realizarse en el año siguiente,
  • Representar legalmente al COLEGIO de Profesionales,
  • Tomar debida cuenta de las personas que soliciten inscripción,
  • Sugerir el monto de las cuotas ordinarias y especiales, según sea el caso,
  • Establecer los procedimientos administrativos que se requieran, incluyendo la contratación de personal.
Todos los miembros de la Junta Directiva serán elegidos por la Asamblea General de Asociados, excepto el (la) Secretario (a) Ejecutivo (a), que será elegido por el (la) Presidente (a) al momento de su designación, y su voto en decisiones de la Junta Directiva será válido al suplir al del (de la) Presidente (a), a su vez, todos deben presentar Declaración Jurada de Patrimonio Anual correspondiente al año fiscal.

La Junta Directiva poseerá áreas operativas denominadas Comisiones de Trabajo, las cuales serán integradas por todas las figuras y serán normadas por su respectivo reglamento.
 
Deberes y Atribuciones de sus Integrantes
Son deberes y atribuciones de Presidencia:

Son deberes y atribuciones de la Secretaría Ejecutiva:
  • Velar por los intereses profesionales de los miembros del COLEGIO,
  • Asentar en los libros del COLEGIO de profesionales, las actas que se levanten en las sesiones de Junta Directiva y en las Asambleas General de Asociados,
  • Convocar, presidir y ejercer el voto en las reuniones de Junta Directiva y Asamblea General de Asociados, en caso de ausencia temporal del (de la) Presidente (a),
  • Representar al COLEGIO ante cualquier autoridad pública, privada o comunal, judicial o  extrajudicialmente, en caso de ausencia temporal del (de la) Presidente (a), por sí mismo o por medio de un apoderado legalmente constituido,
  • Apoyar a todas las direcciones en el cabal cumplimiento de sus funciones, dentro de las atribuciones propias de la Secretaría Ejecutiva, y
  • Supervisar los procesos llevados a cabo en las direcciones, en caso de ausencia temporal del (de la) Presidente (a) o por designación del mismo.


Son   deberes   y   atribuciones   de   la   Dirección   de   Asuntos Profesionales:
  • Velar   por   los   intereses   profesionales  de  los  miembros  del COLEGIO,
  • Manejar la base de datos de los profesionales colegiados,
  • Propender   a   la   vigilancia,   resguardo   y  difusión  de  los  Bienes Culturales, Patrimonio Universal, Turismo Cultural, Amistad y Solidaridad, Preponderancia del Interés Colectivo, Cultura del Turismo y Condiciones de Hospitalidad, concebidos como el patrimonio existente en el Distrito Metropolitano de Caracas,
  • Promover y desarrollar estudios e investigaciones en mejora de la actividad profesional y del desarrollo turístico del país en general, haciendo énfasis en su área de circunscripción,
  • Promover convenios con instituciones públicas, privadas o consejos comunales, que permitan la incorporación de los miembros a cursos de especialización y de postgrado,
  • Proveer la defensa y protección de sus matriculados en toda cuestión vinculada con la profesión y su ejercicio,
  • Capacitar a los profesionales del área para estar actualizados con las dinámicas tendencias turísticas y así optimizar el servicio prestado a las demandas turísticas,
  • Hacer estudios de investigación en todos los tipos de actividades dentro de la diversidad educativa presente en las carreras del ámbito turístico, para su desarrollo y puesta en marcha en pro de nuestro desarrollo socioeconómico,
  • Proponer medidas adecuadas para el profesional, en el mejoramiento sus conocimientos técnicos,
  • Promover y asistir al público en general en sus conocimientos culturales, generales y específicos en materia turística, a través de la realización de conferencias, cursos, congresos, jornadas, foros, entre otros,
  • Promover e instituir becas y premios entre las figuras del COLEGIO de profesionales, para quienes se hayan destacado por su labor intelectual y/o desempeño profesional en el campo del turismo,
  • Llevar una base de datos de todos los ESTUDIANTES que se inscriban y cumplan con el Artículo 9°. Para dar un soporte a estos próximos agremiados en procesos como pasantías, asesorías o algún otro apoyo, sí los mismos lo requieran formalmente,
  • Desregularizar a los ESTUDIANTES que incumplan con el reglamento que los norma,
  • Coadyuvar en las instancias particulares, comunitarias, municipales, estadales y nacionales en el ámbito de sus competencias, en la elaboración de informes, proyectos y otros trabajos que se encomienden, remunerados o gratuitos, relacionados con el turismo,
  • Fomentar las relaciones institucionales con las universidades, colegios e instituciones que dicten las carreras mencionadas en el Artículo 5° Parágrafo Primero, así mismo, llevar un archivo con todo lo relacionado a las mismas,
  • Crear comisiones de trabajo permanentes o temporales,
  • Elaborar los  reglamentos  y  procedimientos  de  la  Dirección de Asuntos Profesionales, y sus comisiones de trabajo, de  manera  conjunta con la Dirección de Gestión Interna,
  • Apoyar a todas las demás direcciones en el cabal cumplimiento de sus funciones, dentro de las atribuciones propias de la Dirección de Asuntos Profesionales, y
  • Presentar informe anual de gestión ante la Asamblea General de Asociados.
  • Son deberes y atribuciones de la Dirección de Finanzas y Contraloría:
  • Elaborar y ejecutar el programa de contribuciones y de recaudación,
  • Llevar la contabilidad y firmar conjuntamente con el (la) Presidente (a), todos los documentos que involucren ingresos o egresos de fondos del COLEGIO de profesionales,
  • Promover actividades conjuntamente con las demás direcciones, para la captación de fondos, así como el diseño y ejecución del presupuesto anual de gastos,
  • Adquirir, administrar, disponer y gravar bienes que sólo podrán destinarse al cumplimiento de los fines del COLEGIO de profesionales,
  • Crear comisiones de trabajo permanentes o temporales,
  • Elaborar los reglamentos y procedimientos  de  la Dirección de Finanzas y Contraloría, y sus comisiones de trabajo, de manera conjunta   con   la   dirección   de   Gestión  Interna,
  • Apoyar  a  todas  las  demás direcciones en el cabal cumplimiento de sus funciones, dentro de las atribuciones propias de la Dirección de Finanzas y Contraloría, y
  • Presentar informe anual de gestión ante la Asamblea General de Asociados.
     
Son deberes y atribuciones de la Dirección de Gestión de la Comunicación:
  • Fomentar las relaciones institucionales con los demás colegios y asociaciones gremiales, organizaciones no gubernamentales, órganos y entes de la Administración Pública, prestadores de servicios turísticos, comunidades organizadas,  consejos  comunales,  y  demás  formas de  participación  popular, contribuyendo así al desarrollo de la actividad turística en el Distrito Metropolitano,
  • Diseñar el plan comunicacional, así como la política informativa del COLEGIO de Profesionales, en coordinación con la Junta Directiva,
  • Crear y mantener actualizado un banco de datos de los directorios de los órganos y entes de la Administración Pública, el sector privado y en especial a aquellos que guarden relación o interés con la actividad turística,
  • Elaborar y ejecutar planes que permitan  mantener  informados  a  todas  las  Figuras, de las actividades y logros del COLEGIO de Profesionales,
  • Emitir todas las comunicaciones oficiales del COLEGIO de Profesionales,
  • Desarrollar un programa tendente a dar a conocer al COLEGIO de Profesionales, a todos los entes privados y de la Administración Pública, vinculados con el Turismo en Venezuela,
  • Suministrar información, en coordinación con el (la) Presidente (a) y el (la) Secretario (a) Ejecutivo (a), ante los medios de comunicación social, de las actividades que esté desarrollando el COLEGIO de profesionales,
  • Gestionar las estrategias de diversificación, desarrollo sustentable y sostenible de las políticas públicas dentro del marco de las leyes y otras instituciones públicas, privadas, mixtas, consejos comunales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y asociaciones, de manera conjunta con la Dirección de Asuntos Profesionales, en pro del sistema socioeconómico que dicta el Artículo 310° de la Constitución,
  • Fomentar y proteger la actividad, los profesionales, prestadores de servicio, al turista, usuario turístico y atractivos turísticos para la participación, cooperación y cumplimiento de las leyes con  fines turísticos, como lo es la participación clara y explícita dentro del Sistema Turístico Nacional, el Plan Estratégico Turístico Nacional, planes de desarrollo regional, local y comunitario, categorización del servicio turístico, fiscalización, infraestructura entre otros. De forma  conjunta  con  las  Direcciones  de Asuntos Profesionales y Asuntos Legales,
  • Resolver, a requerimiento de los interesados y en carácter de mediador, las cuestiones públicas o privadas que se susciten entre particulares derivadas del ejercicio profesional,
  • Crear comisiones de trabajo permanentes o temporales,
  • Elaborar los reglamentos y procedimientos de la Dirección de Gestión de la Comunicación, y sus comisiones de trabajo, de manera conjunta con la dirección de Gestión Interna,
  • Apoyar a todas las demás direcciones en el cabal cumplimiento de sus funciones, dentro de las atribuciones propias de la Dirección de Gestión de la Comunicación, y
  • Presentar informe anual de gestión ante la Asamblea General de Asociados.
     
Son deberes y atribuciones de la Dirección de Gestión de Eventos:
  • Diseñar programas tendentes a fomentar actividades culturales y sociales que promuevan la convivencia entre sus figuras,
  • Coordinar todo lo relativo a los eventos que realice el COLEGIO de profesionales,
  • Mantener informadas a las figuras del COLEGIO de profesionales sobre los eventos que paute la Institución y todas aquellas entidades con las que se tenga convenios o alianzas estratégicas,
  • Crear comisiones de trabajo permanentes o temporales,
  • Elaborar los reglamentos y procedimientos de la Dirección de Gestión de Eventos, y sus comisiones de trabajo, de manera conjunta con la Dirección de Gestión Interna,
  • Apoyar a todas las demás direcciones en el cabal cumplimiento de sus funciones, dentro de las atribuciones propias de la dirección de Gestión de Eventos, y
  • Presentar informe anual de gestión ante la Asamblea General de Asociados.
     
Son deberes y atribuciones de la Dirección de Asuntos Legales:
  • Desarrollar y promover programas de Previsión Social,
  • Fomentar toda actividad que promueva la solidaridad y asistencia recíproca entre sus miembros y propiciar la creación  de  instituciones  de  cooperación, previsión, ayuda mutua y la recreación,
  • Planificar, Organizar, Dirigir y Controlar en coordinación con la Junta Directiva todo lo  relativo  a  la  Cultura  Organizacional  del COLEGIO de Profesionales,
  • Propender al logro de beneficios inherentes a la seguridad social de los colegiados,
  • Llevar y resguardar la base de datos de los profesionales colegiados,
  • Llevar una base de datos de todos los COLABORADORES, que se inscriban y cumplan con el Artículo 10°, para  dar  un  soporte a las direcciones que requieran de alguna labor en específico,
  • Diseñar y ejecutar un plan para la incorporación activa de los profesionales colegiados del sector turístico en el campo laboral,
  • Llevar y resguardar la base de datos de los profesionales colegiados, de manera coordinada con la Dirección de Asuntos Profesionales, para operar el plan de desarrollo laboral de los profesionales del sector turístico,
  • Esta dirección se encargará de lo relacionado a las instancias legales del COLEGIO de profesionales, así como de las actividades relacionadas con el sector Turismo, en el ámbito de la actividad y el ejercicio profesional de los agremiados junto a las demás figuras, como el derecho de la actividad, el patrimonio y atractivo turístico, al turista y al usuario turístico,
  • Esta dirección se encargará de lo relacionado a la contratación del personal requerido por el COLEGIO, así como velar por el cumplimiento de las leyes enmarcadas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Turismo, Ley Orgánica del Trabajo, L.O.P.C.Y.M.A.T y demás leyes y normativas vigentes afines a la actividad turística,
  • Crear comisiones de trabajo permanentes o temporales,
  • Elaborar los reglamentos y procedimientos de la Dirección de Asuntos Legales, y sus comisiones de trabajo, de manera conjunta con la dirección de Gestión Interna,
  • Apoyar a todas las demás direcciones en el cabal cumplimiento de sus funciones, dentro de las atribuciones propias de la Dirección de Asuntos Legales, y
  • Presentar informe anual de gestión ante la Asamblea General de Asociados.
     
Son deberes y atribuciones de la Dirección de Gestión Interna:
  • Llevar el registro de las figuras con su correspondiente hoja de servicio en la dirección  y  comisión  de  trabajo  en  que  haga  vida dentro del colegio,
  • Recibir, despachar y archivar la correspondencia,
  • Convocar y presidir las reuniones de la Junta Directiva y la Asamblea, en caso de ausencia temporal del (de la) Presidente (a) y el (la) Secretario (a) Ejecutivo (a),
  • Efectuar la fiscalización y vigilancia de los recursos, egresos e ingresos económicos y administrativos, en donde previene, investiga y norma los hechos que atenten contra la ética, y la moral administrativa velando por la buena gestión del patrimonio del COLEGIO de Profesionales,
  • Examinar los libros y documentos del COLEGIO de Profesionales, por lo menos cada tres (3) meses,
  • Fiscalizar  la  administración, comprobando frecuentemente el estado de la caja y la existencia de los títulos y valores de toda especie,
  • Verificar el cumplimiento de las leyes, decretos, estatutos, reglamentos, y normativas legales y nacionales e internacionales vigentes en especial lo referente a los derechos de los (las) colegiados (as) junto a las demás figuras, y las condiciones en que se otorgan los beneficios sociales,
  • Dictaminar sobre  la memoria, el inventario, el balance general y la cuenta de gastos y recursos presentada por la Junta Directiva,
  • Fungir de Director (a) de cualquier otra dirección, donde se encuentre ausente temporalmente, renuncie o sea suspendido el (la) Director (a) respectivo (a), hasta que una Comisión Electoral designe al (a la) nuevo (a) Director (a) delegado (a) en esa responsabilidad,
  • Mantenerse informado de todos los proyectos previamente ejecutados, que se encuentren ejecutando o se planifiquen ejecutar en las demás direcciones,
  • Crear Comisiones de Trabajo permanentes o temporales,
  • Coadyuvar en la elaboración, examinar y supervisar la ejecución de los reglamentos de las distintas instancias del COLEGIO de Profesionales, así como de la propias,
  • Auditar la ejecución operativa de los reglamentos de las diferentes direcciones, y comisiones de trabajo,
  • Levantar informes que requiera cualquier órgano del COLEGIO de Profesionales,
  • Apoyar a todas las demás direcciones en el cabal cumplimiento de sus funciones, dentro de las atribuciones propias de la Dirección Gestión Interna, y
  • Presentar informe anual de gestión ante la Asamblea General de Asociados.

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